Si queremos abordar este tema necesitamos conocer acerca de ¿Qué es?, ¿Cómo puedo ser apto? y otras cosas que necesitas saber si requieres un trasplante o quieres donar algún órgano. Para inciar con ¿Qué es?, es importante conocer las leyes que existen para estos procedimientos.
¿Qué es la donación de órganos y tejidos?
es un acto voluntario y solidario que una persona realiza en vida o luego de fallecida con el objetivo de ayudar a alguien más a tener una segunda oportunidad o mejorar radicalmente su calidad de vida actual.
Debido a que se trata de acto altruista que se realiza con el objetivo de ayudar, la donación de órganos o tejidos no es una actividad por la cual se pueda recibir o entregar remuneración de ningún tipo. De igual forma, no tiene ningún costo para la familia o la persona que decide ser donante en vida.
¿Qué es el trasplante de órganos?
El trasplante de órganos es un procedimiento médico a través del cual un paciente recibe órganos, tejidos y demás componentes anatómicos de un donante vivo o cadavérico con el objetivo de recuperar funciones vitales en el organismo o mejorar su calidad de vida. Se trata de un proceso que ofrece excelentes resultados.
¿Qué órganos y tejidos se pueden donar?
Es posible donar
Legislación sobre la donación de órganos
En Colombia, la donación y el trasplante de órganos y tejidos están regulados por la Ley 9 de 1979, la norma base de la donación en Colombia; la Ley 73 de 1988, que dicta todas las disposiciones en relación a la donación y el trasplante y el Decreto 2493 de 2004 que prohíben y penalizan la comercialización de cualquier tipo de componente anatómico.
A pesar de los múltiples beneficios que la donación de órganos y tejidos tiene para el paciente beneficiado y para el sistema de salud colombiano, aún existen muchos mitos alrededor de este acto solidario que salva muchas vidas al año.
Algunos mitos sobre la donación se han desmentido a lo largo del tiempo
Y algunos de ellos te los mostraremos a continuación
No. La venta de órganos en Colombia está tipificada como un delito gravísimo de acuerdo a las leyes 73 de 1988 y la 919 de 2004, y el Decreto 2493 de 2004. El acto de donar un órgano es una acción libre, voluntaria y sin ánimo de lucro que realiza una persona con el objetivo de otorgarle a otra una nueva oportunidad de vida o de bienestar.
De igual forma, ningún banco de tejidos o entidad prestadora de servicios de salud puede entregar ningún tipo de remuneración por la donación de componentes anatómicos, sin importar cuál sea.
Las leyes de donación de órganos que regulan esta actividad son claras en decir que la comercialización de componentes anatómicos es considerada delito en Colombia, por esa razón, todo tejido u órgano que es donado tiene un registro y una trazabilidad a nivel nacional llevado a cabo por el Instituto Nacional de Salud y el Ministerio de Salud.
Cualquier
persona puede ser donante en Colombia, independientemente de la condición de salud en la que se encuentre en la actualidad. Lo que importa es el estado de los órganos en el momento de la donación.
No existe límite de edad para la donación en Colombia, ya que lo importante es el estado de los órganos en el momento de la donación. Cualquier persona puede ser donante de hígado, córnea, corazón, etc., siempre y cuando sus tejidos se encuentren en las condiciones necesarias.
La ley colombiana estipula que nadie puede recibir tratos o consideraciones especiales en razón de clase social, solvencia económica, etnia o aspectos similares a la hora de recibir un trasplante. Sin embargo, existen factores que determinan la compatibilidad del órgano con los posibles receptores, algunos de estos factores son: grupo sanguíneo, tiempo de espera, gravedad de la condición de salud, ubicación geográfica y otros aspectos médicos de especial interés.
A muchas personas les preocupa su aspecto o el de sus seres queridos que han fallecido luego de la cirugía de donación ya que piensan que no podrán realizar cómodamente el funeral o las exequias. No obstante, es importante comunicar que durante el procedimiento de donación el cuerpo es tratado con dignidad y respeto, por lo que no sufre de desfiguración ni deformación en la apariencia física.
Esto es falso ya que en Colombia existe la presunción legal de donación. Esto significa que toda persona que no cuente con oposición expresa a la donación y que tenga la condición médica legal para hacerlo puede ser donante de órganos luego de su fallecimiento.
La prioridad de los médicos y los demás profesionales de la salud es salvar la vida de los pacientes, agotando todos los métodos disponibles, independientemente de la posición del paciente sobre la donación de órganos. Solo después de que haya un diagnóstico de muerte cerebral o fallecimiento, se contempla la posibilidad de la donación de órganos.
La ley colombiana dicta que un menor de edad puede donar órganos y tejidos siempre y cuando su representante legal dé su consentimiento al respecto.
Esto es falso ya que la donación solo puede contemplarse como posibilidad luego del fallecimiento del paciente o de un diagnóstico de muerte cerebral, que es diferente a un estado de coma. Una persona en coma puede recuperarse, pero un paciente con muerte cerebral no, ya que esto implica una lesión irreversible en el sistema nervioso central que ocasiona el cese total de las funciones vitales del organismo. Una persona con muerte cerebral se considera médica, ética y legalmente como fallecida.
Los trasplantes de riñón, hígado, corazón, córnea y médula ósea están incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS), por lo que no tienen ningún costo para los receptores, de igual forma, los demás tipos de trasplantes están cubiertos por el sistema de salud y los pacientes no deben pagar por ellos.
Por otro lado, la donación tampoco tiene ningún costo para la familia ni el paciente que decide donar en vida.
La gran mayoría de religiones están de acuerdo y promueven la donación de órganos al tratarse de un acto caritativo, altruista, bondadoso y solidario que busca brindarle una nueva oportunidad de vida a otra persona.
La donación de riñones, hígados, corazón, pulmones y todos los tipos que existen tienen el potencial de salvar la vida de las personas o mejorar radicalmente su calidad de vida. De hecho, dado que un mismo paciente puede donar varios tejidos, se dice que es capaz de salvar 8 vidas con órganos sólidos y beneficiar hasta 56 con tejidos varios como córnea, ligamentos, piel, etc.
Estos son algunos de los mitos más comunes que hay sobre la donación de órganos. Recuerda que este es un acto bondadoso mediante el cual puedes salvar a otra persona o mejorar significativamente su calidad de vida.
En Colombiana de Trasplantes estamos comprometidos con la salud de las personas, por eso, ofrecemos una amplia y completa variedad de servicios de salud para asegurar una atención integral que le brinde una mejor calidad de vida a nuestros pacientes.
Ahora debes tener en cuenta las leyes que te ayudaran a tener más seguridad y tranquilidad con esta práctica, ya que te mostraremos como funciona.
Los trasplantes de hígado, riñón, cornea, corazón, entre otros, son financiados por la EPS contributiva o subsidiada a la cual pertenezca el paciente, puesto que el procedimiento está incluido en el Plan Obligatorio de Salud (POS).
Principios y derechos para la donación de órganos
Cualquier persona que desee expresar su intención de donar algún órgano de su cuerpo, ya sea en vida o después de haber fallecido, lo podrá hacer ante el Instituto Nacional de Salud de manera confidencial; no obstante, lo más importante es dejar conversado su deseo de donar con sus seres queridos.
Además, quien requiera de un trasplante puede acceder a la lista de espera sin importar la raza, religión, condición económica, edad u otra característica.
En Colombia, según datos arrojados por el Ministerio de Salud, a finales de 2021 había 2.946 receptores en la lista, de los cuales 157 eran para hígado y 2.684 para riñón, siendo este el órgano más solicitado por la población.
Ante la alta demanda de pacientes esperando por un trasplante se creó la ley 1805 de 2016, la cual contempla que todos los colombianos son potenciales donantes al momento de morir, a menos que en vida haya expresado su negativa por medio de un documento escrito, autenticado ante una notaría y radicado en el Instituto Nacional de Salud.
Es de resaltar que el procedimiento a un donante cadavérico solo se realiza si este se encuentra con muerte encefálica o si murió por paro cardiorrespiratorio.
¿Existe algún rango de edad para poder ser donante?
En Colombia todas las personas pueden ser donantes, desde un niño hasta un adulto mayor, siempre y cuando se realice la donación bajo los criterios establecidos en la normatividad vigente y se evalúen todas las condiciones del donante para determinar que órganos efectivamente pueden ser donados
¿Cuándo fallezca que debe que hacer mi familia?
Informar inmediatamente al personal médico que esté a cargo en la institución de salud, para que a su vez se informe a la Red de Donación y Trasplantes de Colombia; ó informar del fallecimiento y de la voluntad de ser donante a través de la Línea Gratuita Nacional del Instituto Nacional de Salud 01 8000 113 400.
¿Cuántas personas podrían beneficiarse con un donante de órganos y tejidos?
Se tiene estimado que por cada donante se pueden beneficiar 55 personas. Lo anterior dependerá de la calidad de sus órganos y tejidos al momento de fallecer.
¿Qué ha pasado con la donación durante la pandemia?
El último año fue muy difícil en cuanto a la posibilidad de obtener donantes por motivo de la pandemia. En Colombia se redujeron los donantes en un 44% por motivos como menos procedimientos de neurocirugía y en términos generales menor asistencia a los servicios de salud por temor al Covid-19. No obstante, en los centros de salud como la Clínica Shaio hemos seguido con nuestra labor de acompañamiento y gestión de potenciales donantes, y actualmente contamos con un leve incremento de la actividad esperando una reactivación normal en el año 2022.
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