El campo FACTURA_SIN_CONTRATO es la principal novedad del Documento Técnico 2 Versión 001 (julio 2026). Se diligencia cuando los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud prestan servicios sin contrato con la entidad responsable de pago. Su validación inicial genera Notificación, no Rechazo. Aplica en 7 casos específicos: urgencias, SOAT, tutelas, portabilidad, atenciones excepcionales, trasplantes y profesionales independientes con pacientes particulares.
¿Por qué el sistema necesitaba un campo específico para la factura sin contrato?
En Colombia, una parte significativa de las atenciones en salud se presta sin que exista un contrato formal previo entre el prestador y la ERP o pagador. Esto ocurre en situaciones de urgencia, mandatos judiciales, portabilidad o atención de pacientes particulares. Antes de la Versión 001 del Documento Técnico 2, no existía un mecanismo estándar en la FEV para declarar formalmente esta condición.
El nuevo campo FACTURA_SIN_CONTRATO resuelve ese vacío: permite identificar cuándo una factura se emite sin contrato previo y cuál es la razón legal que lo justifica, según la tabla de referencia facturaSinContrato del SISPRO.
¿Cuáles son los 7 casos en que aplica la Factura Sin Contrato?
El Documento Técnico 2 define exactamente 7 casos:
| N° | Caso | Norma de respaldo |
|---|---|---|
| i | Atención de urgencias | Obligación legal de atención independiente de contrato |
| ii | Atención a cargo de ADRES o de aseguradora SOAT o de pólizas voluntarias de salud y medicina prepagada | Regulación específica de cada pagador |
| iii | Atención en salud por fallos de tutela / órdenes judiciales | Cumplimiento de orden judicial |
| iv | Atención por portabilidad o asignación masiva de afiliados | Art. 2.5.3.4.7.9 del Decreto 780 de 2016 |
| v | Atenciones en salud en casos excepcionales por cotizaciones o autorizaciones de servicios / atenciones adicionales excepcionales | Regulación de excepciones del SGSSS |
| vi | Gestión recuperación de órganos para trasplante | Ley Estatutaria 1751 de 2015 |
| vii | Profesionales independientes en atención a pacientes particulares | — |
¿Cómo se relaciona con el campo NUMERO_CONTRATO?
La lógica técnica del Documento Técnico 2 es clara: el campo FACTURA_SIN_CONTRATO es opcional como campo aislado, pero se vuelve obligatorio cuando el grupo de datos NUMERO_CONTRATO viene vacío. Esto crea una relación exclusiva:
- Si hay contrato →
NUMERO_CONTRATOcon CUCON;NUMERO_POLIZAvacío - Si hay póliza →
NUMERO_POLIZAcon número de póliza;NUMERO_CONTRATOvacío - Si no hay contrato ni póliza →
FACTURA_SIN_CONTRATOobligatorio, con el código del caso según la tablafacturaSinContrato
Cuando se informa un número de contrato, no se puede informar un número de póliza, y viceversa. Esta exclusividad garantiza que cada factura tenga un único instrumento de vinculación contractual o legal.
¿Cómo se diligencia técnicamente en el XML?
El campo se ubica en AdditionalInformation[6] de la colección de la extensión del sector salud:
- Name: literal
"FACTURA_SIN_CONTRATO" - Value: valor de la tabla de referencia
facturaSinContratodisponible en web.sispro.gov.co (columna Descripción del numeral 9, inciso e del Documento Técnico 2) - @schemeName:
"salud_cobertura.gc" - @schemeID: código de la tabla del numeral 9, inciso e
El valor es un único valor numérico de la tabla de referencia.
¿Qué reglas de validación aplican?
El Documento Técnico 2 establece para este campo:
- FED136 (Notificación):
FACTURA_SIN_CONTRATO.SchemeIdno existe o no tiene valor en el XML. Inicialmente su validación dará como resultado una Notificación, no un Rechazo.
Esta graduación de la severidad (Notificación inicial, no Rechazo) reconoce que el campo es nuevo y que los facturadores necesitan un periodo de adaptación. Sin embargo, el análisis técnico demuestra que es probable que su severidad escale a Rechazo en versiones futuras del documento técnico, conforme se consolide su implementación.
¿Aplica a la industria farmacéutica (compras directas)?
No directamente. La sección «Emisión de Facturas por Compras Directas» del Documento Técnico 2 establece que los laboratorios, fabricantes, importadores y titulares de registro sanitario que venden directamente a EPS emiten una factura convencional sin campos adicionales del sector salud y sin RIPS. En su lugar, deben incluir el CUCON en el campo Nota del XML con la estructura: CUCON:[cadena de 64 caracteres].
Conclusión: Próximos pasos
- Actualizar el software de facturación para incluir el campo
FACTURA_SIN_CONTRATOcomo campo configurable, con la tabla de referenciafacturaSinContratodel SISPRO integrada. - Definir flujos internos para cada uno de los 7 casos: urgencias, SOAT, tutelas, portabilidad, excepcionales, trasplantes y particulares. Cada flujo debe activar automáticamente el campo con el código correspondiente.
- Capacitar a los equipos de admisión y facturación en la identificación del caso que justifica la factura sin contrato, ya que esta clasificación tiene implicaciones no solo técnicas sino jurídicas (recobros, glosas por contratos no vigentes, procesos de la Supersalud).
Fuente oficial: Documento Técnico 2, Versión 001, Julio 1 de 2026. Ministerio de Salud. Secciones 2.1.1, 4.12 y 10e.
https://www.sispro.gov.co/central-financiamiento/Pages/facturacion-electronica.aspx

